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EXHIBICIÓN, DIFUSIÓN O PUBLICACIÓN DE REGISTROS AUDIOVISUALES DE CONTENIDO SEXUAL SIN AUTORIZACIÓN

Recientemente se promulgó en nuestro país la ley 21.675 que establece medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres en razón de su género y que entre otras materias creó un nuevo delito que se incorpora a nuestro Código Penal en el artículo 161 D imponiendo penas privativas de libertad y multa a quienes exhiban, difundan o publiquen registros audio visuales o imágenes de connotación sexual de otra persona sin su expresa autorización. 

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